este Oficina de Impuestos (SII) Reportó que Las declaraciones de renta con el pago realizado en el marco de la prórroga de plazo decretada por el gobierno, es decir, del 3 al 12 de mayo, podrán completarse únicamente a partir del 6 de mayo a las 16:00 horas.
Esto es porque La Contraloría General de la República remarcó durante el proceso de toma de decisión que el SII debe tomar en cuenta el IPC de abril al momento de calcular el monto a pagar, que se estrenará el viernes 6 de mayo. Por ello, una vez incluido este valor en el cálculo, a partir de las 16:00 horas del viernes 6, se podrá tramitar el pago hasta las 23:59 horas del 12 de mayo.
A partir del martes día 3 a partir de las 00:00 horas hasta el viernes día 6 a las 16:00 horas los contribuyentes podrán acceder a su información, visualizarla, modificarla si detecta diferencias y guardar los cambios.para realizar el pago a partir del viernes 6 a las 16:00 con datos confirmados.
De la misma forma, si los contribuyentes desean aprovechar la renta diferida o los cupones bancarios, estas opciones también estarán disponibles desde el viernes 6 am hasta las 4 pm ya que se requiere el IPC de abril para poder completar la declaración.
Asimismo, durante este período, los contribuyentes con declaraciones sin pago o con solicitud de devolución aún podrán presentar sus declaraciones de renta y así culminar el proceso de cumplimiento tributario.
Asimismo, las personas físicas que sean empresarios individuales (es decir, utilicen el mismo RUT) y utilicen el período adicional de declaración, podrán presentar declaraciones juradas en 1847, 1848 o 1943, respectivamente, también hasta el 12 de mayo.
